En su calidad de Autoridad Nacional de Protección al Consumidor, a través de la Dirección de Protección al Consumidor, el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI), apenas conoció lo ocurrido, inició las acciones del caso y en ese sentido ha convocado al Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC), miembro de este Consejo, para que tome las acciones que correspondan.

De acuerdo a la Ley de Radio y Televisión, tanto los canales de televisión como las radioemisoras, tienen la obligación de transmitir sus programas en el día y hora anunciados e informar oportunamente al público en caso de alteración o cambio en la programación, explicando los inconvenientes que se presenten eventualmente para cumplir con lo programado.

Hacer cumplir este mandato se encuentra en el ámbito del MTC, por lo que el INDECOPI viene impulsando las acciones en representación de los ciudadanos afectados, a través del Consejo Consultivo de Radio y Televisión (Concortv), adscrito al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, así como de la Sociedad Nacional de Radio y Televisión (SNRTV).

Además, el INDECOPI viene haciendo investigaciones preliminares para determinar si con la interrupción de la transmisión, el canal de televisión incurrió en alguna infracción publicitaria.