La intervención de las comunicaciones, así como los agentes encubiertos y la figura de la colaboración eficaz, forman parte del proyecto de ley del Poder Ejecutivo para luchar contra el crimen organizado, y que se encuentra en la Comisión de Justicia del Congreso.

La iniciativa establece que un juez, a solicitud de un fiscal, podrá disponer la intervención de las comunicaciones de los presuntos delincuentes y esta será registrada mediante la grabación magnetofónica o cualquier otro medio que garantice su fidelidad.

La interceptación no durará más de 30 días, aunque de manera excepcional puede ser prorrogada por plazos sucesivos, e incluso hasta llegar a los ocho meses, previo requerimiento del fiscal.

Las grabaciones serán custodiadas por el fiscal, que deberá disponer la transcripción de las partes útiles para la investigación; y las que sean irrelevantes para la investigación serán entregadas a las personas afectadas.

Con relación al uso de los agentes encubiertos, se señala que, para fines de la investigación, estos serán policías especializados y autorizados por un fiscal para transportar bienes de carácter delictivo, incautarlos e intervenir en toda actividad útil y necesaria para las pesquisas.

Además, cuando las circunstancias lo requieran, se autorizará la participación de civiles, quienes actuarán bajo una “identidad supuesta”. Estos, a su vez, al igual que los agentes encubiertos, podrán hacer labores de seguimiento y vigilancia a terceras personas vinculadas al hecho delictivo.

En la ejecución de esta medida, los agentes encubiertos podrán tomar fotografías, filmar videos o utilizar cualquier otro medio técnico con fines de observación, que permita recaudar información relevante que conlleve a identificar a los miembros de una banda autora de un delito.

Fuente: Agencia Andina