La ley contempla aspectos novedosos para la persecución de delitos como la pornografía infantil, el fraude informático y el acceso ilícito, sostuvo el ministro de Justicia, Daniel Figallo, rechazando los cuestionamientos a esta norma.

Además mencionó que la ley incorpora todos los elementos establecidos en el Convenio de Budapest, que fue suscrito por varios países en el 2001 y que está en actual proceso de revisión por la Unión Europea.

Figallo recordó que se coordinó con técnicos europeos que se reunieron en Perú en el marco de la* Conferencia Iberoamericana de Ministros de Justicia*, para que todo el continente se encamine hacia dicho convenio.

Además rechazó que la ley tenga imprecisiones, señalando que las situaciones vinculadas con la seguridad nacional o información clasificada se tendrán que apreciar conforme a la ley de la materia.

La norma, aprobada por el Congreso de la República y promulgada por el Ejecutivo, contempla, entre otros aspectos, una pena máxima de 15 años de prisión efectiva por el delito de pornografía infantil, difundida por internet.

La ley consta de 11 artículos en los cuales además se refiere a los delitos informáticos contra la intimidad y el secreto de las comunicaciones, contra la fe pública y contra el patrimonio.*

Fuente: Agencia Andina