Aunque no es un político, sus últimas declaraciones han causado polémica en la opinión pública.
En su programa Diálogos de Fe, que se emite los sábados por RPP, el arzobispo de Lima, Juan Luis Cipriani, propuso que todo el pueblo peruano decida, a través de una votación, tal como se hizo con los fonavistas para la devolución de sus aportes, la aprobación de normas que permitan en el país el aborto terapéutico y el matrimonio entre personas del mismo género.
Diversas han sido las voces que se han pronunciado al respecto. Sin embargo, desde el punto de vista legal y constitucional, ¿es válida o no esta propuesta?
El constitucionalista y asesor principal de la comisión de Constitución del Congreso, Omar Sar Suarez, señaló que la sugerencia de líder de la Iglesia puede ser discutida perfectamente en el Congreso. Añadió que también ambos temas pueden someterse a un referéndum para su aprobación como normas.
“La constitución prohíbe someter a referéndum la disminución de los derechos. Lo que no podría someterse a referéndum sería eliminar derechos (…). Hemos dado pasos por delante en el sentido de reconocer derechos y no podemos, por una votación, tampoco eliminarlos”, explicó en una entrevista al canal del Estado.
En ese sentido, agregó Sar, tanto en la unión civil como en el aborto no se debate la eliminación de un derecho y; por ello, sí podrían ser plausibles.
“Por un lado, se discute sobre el derecho a la vida del menor en colisión con el derecho a la vida de la madre. En el otro caso; el reconocimiento de determinados derechos a uniones civiles de personas del mismo sexo. No hay (sic) claramente disminución de derechos; por tanto, podría ser sometido a referéndum y también debatido por el Congreso”, reiteró.
Para Mario Castillo Freyre, catedrático de Derecho Civil de la Pontificia Universidad Católica del Perú (PUCP), el debate se ha polarizado, pues, según consideró, no se acepta que el otro “puede tener algo de razón”.
En declaraciones a RPP, Castillo aseguró que no existe necesidad de establecer una ley especial en el Código Civil, sino solo modificar las que ya están vigentes. En el ámbito jurídico, sostuvo que la propuesta de referéndum sí es factible, porque no coloca en cuestión el recorte de derechos.
La voz en contra
Así como existen las voces a favor, en el aspecto jurídico, también están las en contra. El proyecto de unión civil entre personas del mismo sexo “es legítimamente constitucional” porque reconoce el derecho a la igualdad y no discriminación y no puede ser sometida a referéndum, de acuerdo a lo que señala la Carta Magna, sostuvo el defensor del Pueblo, Eduardo Vega, interpretando la Constitución Política del Perú.