El Registro de Organizaciones Políticas (ROP) del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) fue el que declaró infundada la tacha interpuesta por ese ciudadano.

Según la entidad, la solicitud de modificación de denominación presentada por Fuerza 2011 no incumple con la Ley de Partidos Políticos ni con el reglamento del ROP, en tanto la designación Fuerza Popular no es igual o semejante a la de una organización política inscrita o en proceso de inscripción.

Además, la resolución del ROP señala que el nombre Fuerza Popular tampoco se encuentra entre las organizaciones políticas canceladas y que actualmente gocen de la reserva de la denominación. Por tal motivo, Fuerza 2011 puede continuar con el procedimiento de cambio de nombre que se inició en julio de este año.