El presidente del Congreso, Daniel Abugattás, propuso incorporar la figura de “Delito de grave perturbación de la tranquilidad pública o terrorismo blanco”, en el Código Penal, con el fin de sancionar las falsas alarmas de atentados terroristas, con penas desde cinco a veinticinco años de prisión.

La iniciativa, planteada a través de un proyecto de ley, considera “perturbación grave” a todo acto por el cual ponga en conocimiento de la autoridad pública y los medios de comunicación, la noticia de alarma; la inminente realización de un hecho falso, inexistente, relacionado con un potencial daño a la vida e integridad de las personas, bienes públicos, privados o de ambos.

Refiere que el que perturbe gravemente la paz pública usando medios que produzcan alarma, será sancionado con pena privativa de la libertad no menor de cinco años ni mayor de ocho.

Indica que si el agente actúa en calidad de integrante de una organización para lograr sus fines y utiliza como medio el delito de terrorismo, será sancionado con pena privativa de libertad no menor de veinte ni mayor de veinticinco años.

En las últimas semanas fueron reportadas en Lima y Cusco hasta ocho alertas de supuestas bombas, según informó el general Raúl Becerra, director de la Policía Nacional del Perú.

La actual legislación penal sólo contempla un supuesto previsto en el Código Penal reprimiéndolo con prestación de servicio comunitario de veinte a cuarenta jornadas o con sesenta a noventa días-multa para los casos que perturben ‘levemente la paz’ pública.

La imprecisión del texto no indica en qué consiste la ‘perturbación leve’ y como contraparte, qué pasa si la ‘perturbación es grave’, señala una nota de prensa del Congreso de la República, informó Andina.