El pasado 30 de abril se publicó en la Gaceta Oficial de Venezuela la resolución N° 109, mediante la cual el gobierno de ese país ha dispuesto un plazo de 180 días calendario para que los ciudadanos peruanos en situación migratoria irregular puedan regularizar su situación.

La resolución dispone la regularización de los ciudadanos peruanos que residen en condición de Migrante No Permanente y se encuentren inscritos en el “Registro y Regularización de ciudadanos y ciudadanas de otras nacionalidades” a cargo del Servicio Administrativo de Identificación Migración y Extranjería (SAIME).

El proceso comprende a los ciudadanos de nacionalidad peruana que se encuentren en Venezuela y que acrediten los siguientes requisitos legales y administrativos:

1. Pasaporte original peruano con una vigencia mínima de 6 meses de expedición;

2. Formulario debidamente absuelto;

3. Copia del pasaporte en donde se consignen los datos de identificación de la persona solicitante;

4. Constancia de medios lícitos de vida;

5. Pago de la tasa correspondiente;

La decisión del gobierno venezolano se suma a aquella adoptada el 3 de abril pasado, mediante la cual los ciudadanos peruanos pueden ingresar a Venezuela, para fines de turismo, con la presentación de su DNI, sin necesidad de visa o pasaporte, pudiendo permanecer hasta 90 días prorrogables por una sola vez, informó la Cancillería.