“Antes del 2010 teníamos el artículo 417 del Código Penal que señalaba que no se consideraba delito de aborto cuando existía un riesgo para la salud de la madre, casos de violación o si había riesgo para el feto”, dijo a RPP Noticias.

En ese sentido, Capús indicó que su patrocinado se le acusa de violentar dos de estos tres puntos y reveló que la jueza del caso exoneró de culpa a las 115 mujeres que acudieron a realizarse esta práctica a cambio de acusar al médico peruano.

El abogado remarcó que el viernes 14 empezó el juicio y está previsto que culmine el 29 de noviembre. Refirió que Morín estuvo dos meses preso en España y fue puesto en libertad tras presentarse un recuerdo ante una audiencia de Barcelona.

Respecto al pedido para condenar a 309 años de cárcel al peruano, Capús indicó que la máxima sentencia que se aplica en estos casos es el triple de la mayor. “Más de 9 años no podría ser. Condenarlo a 309 años de cárcel sería fatal”, anotó.