El Ministerio de Relaciones Exteriores cuenta con un Módulo de Orientación e Información al Migrante Retornado, en tanto que las Oficinas Desconcentradas de la Cancillería y las Misiones Diplomáticas y Consuladores en el exterior brindan orientación e información sobre los requisitos y la tramitación de los beneficios contemplados en la ley.

En las representaciones diplomáticas se entregarán solicitudes para la obtención de la Tarjeta del Migrante Retornado (TMR), documento que identifica al peruano mayor de edad que decida.

Exclusiones e impedimentos

A base al reglamento de esta ley, están excluidos de estos beneficios aquellos migrantes en condición de investigados en los ámbitos policial, judicial o fiscal, por delito de terrorismo o delitos conexos en el Perú o en el extranjero, mientras dure la respectiva investigación.

Tampoco podrán acogerse a estos beneficios los funcionarios públicos ni su núcleo familiar, que residan en el exterior en cumplimiento de misiones oficiales para el Estado Peruano.

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Fuente: Agencia Andina