En la Resolución N°794-2013-JNE, el colegiado determinó que Trelles Saavedra adquirió un inmueble de propiedad municipal, ubicado en la avenida “A-106B”, actuando, de este modo, como la autoridad edil que autoriza la venta y, a la vez, como beneficiario de dicha adquisición.

De esta forma, evidenciaron que la autoridad municipal incurrió en la causal de vacancia, denominada restricciones de contrataciones, establecida en el artículo 22, numeral 9, de la Ley Orgánica de Municipalidades.

La decisión del Pleno del JNE revoca el acuerdo de concejo del 13 de mayo de 2013, en el extremo que rechazó la solicitud de vacancia de Trelles Saavedra.

Ante esta situación de vacancia, el colegiado convoca a Jacinto Timaná Galecio y a David Bueno Herrera, para ejercer como burgomaestre y regidor, respectivamente, y así completar el periodo de gobierno municipal 2011-2014.

Fuente: Andina