El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) informó hoy que el Pleno dejó sin efecto, provisionalmente, la credencial otorgada a Loiber Rocha Pinedo como alcalde de la Municipalidad Distrital de Curimaná (Padre Abad, Ucayali), debido a que cuenta con una orden judicial de prisión preventiva.

Detalla que el 15 de noviembre último, la Sala Penal de Apelaciones de Ucayali revocó la resolución de primera instancia que determinó el cese de la prisión preventiva contra el citado burgomaestre, por consiguiente, ordenó su captura e internamiento en un establecimiento penal.

En su resolución, el colegiado electoral decidió dejar sin efecto, provisionalmente, la credencial otorgada a Rocha Pinedo, en razón de la causal referida a contar con un mandato de detención vigente, estipulada en el inciso 3 del artículo 25 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades.

Mediante dicho documento también se convocó a Delsy Vera Rojas, primera regidora hábil, para que asuma el cargo de alcaldesa de Curimaná, mientras se resuelva la situación jurídica de Loiber Rocha. Asimismo, se faculta a Yazmín García Ortega como regidora del citado municipio.

De otro lado, el organismo electoral expresó su preocupación por los hechos de violencia suscitados a comienzos de entre los pobladores del distrito ucayalino, cuando en su momento se reincorporó a Rocha como alcalde de esta jurisdicción.

De igual manera, exhortó a Vera Rojas para que en lo sucesivo proceda con respeto a las decisiones de esta institución y así coadyuvar a la estabilidad de la comuna.

Dispuso, asimismo, que se curse oficios al Ministerio Público y al Ministerio del Interior, a fin de que, conforme a sus competencias, prevengan la comisión de actos delictivos y garanticen la seguridad interna del referido distrito.

A través de la resolución también se comunica al Congreso de la República sobre la necesidad de someter a debate la modificación de la LOM, a fin de que la suspensión de una autoridad municipal por causal de detención preventiva, derivada de un proceso penal, se configure cuando el mandato judicial quede firme a fin de evitar casos similares al presente.

Fuente: Agencia Andina

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