El Ejecutivo optimizó los procedimientos en el Registro de Entidades Autorizadas para la Elaboración de Estudios Ambientales, en el marco del Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental.

A través de un Decreto Supremo publicado hoy en el diario oficial El Peruano, se da cuenta de la aprobación de esta medida por parte del Ejecutivo.

Estas modificaciones están referidas a los artículos referidos a la inscripción en el registro, equipo profesional multidisciplinario en las entidades, plazo de procedimiento, observaciones, evaluación de la solicitud, resolución.

También en la renovación de la inscripción, actualización de datos en el registro, restricciones, consecuencias de no inscripción o renovación, entre otros.

Respecto a las disposiciones complementarias transitorias se establece que los procedimientos administrativos iniciados antes de la vigencia de las disposiciones aprobadas por el presente Decreto Supremo, se regirán por la normativa anterior hasta su conclusión.

También se establece que el Administrador del Registro requerirá a las entidades copia simple de la partida registral y la vigencia del poder del representante o apoderado, según corresponda, en tanto se implemente el correspondiente convenio de cooperación interinstitucional con la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (SUNARP).

La norma lleva la rúbrica del Presidente de la República, Pedro Pablo Kuczynski Godard, y de la ministra del Ambiente, Elsa Galarza Contreras (Fuente: Andina)

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