El Organismo Supervisor de la Inversión Privada en Telecomunicaciones () sancionó a la empresa Telefónica Móviles S.A. con 51 Unidades Impositivas Tributarias (UIT), que equivalen a 201,450 soles.

Una resolución publicada en el diario oficial “El Peruano” señala que la corporación fue sancionada por “no brindar información clara, veraz, detallada y precisa sobre la cobertura o alcance del servicio de acceso a Internet denominado por la empresa como 4G”.

Asimismo, indica que Telefónica habría vulnerado el derecho de los usuarios de recibir la información correspondiente para tomar una decisión adecuada en la contratación de un servicio público de telecomunicaciones, así como efectuar un uso o consumo adecuado de los servicios.

Telefónica se pronuncia

De otro lado, Telefónica indicó, entre sus descargos, que los únicos productos o servicios que puso a disposición de sus usuarios son los denominados “Movistar 4G” e “Internet Móvil 4G”, que permiten la navegación por Internet a una velocidad de hasta 5Mbps, debiéndose evaluar si la información brindada era clara, veraz y precisa únicamente respecto del área geográfica en la que la empresa operadora comercializaba los productos o servicios en cuestión.

Por tal motivo, Telefónica cuestionó la supervisión de la información analizada. Sin embargo, Osiptel determinó de todos modos la aplicación de la sanción, de acuerdo al diario Perú 21.

TAGS RELACIONADOS