En el caso de publicidad estatal, el JEELN resolvió que la autoridad edilicia no cumplió con esa norma por un panel ubicado en los exteriores del parque zonal Cápac Yupanqui, en el Rímac, donde informa de las obras realizadas en los centros de esparcimiento municipal y la inversión proyectada hasta el 2014.

La resolución señala que el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) aplicó el Reglamento de Publicidad Estatal en periodo electoral a la consulta de revocatoria del 17 de marzo, lo que prohíbe la difusión de propaganda en este periodo.

Otras tres infracciones le atribuyen a la alcaldesa ser la autora mediata de las pintas realizadas en zonas restringidas por la Ley de Propaganda Electoral, como los muros perimétricos de la Panamericana Norte y en un muro lateral del parque zonal Sinchi Roca.

Carlos Vidal Vidal, el promotor legal de la revocatoria, también fue infraccionado por primera vez. En su caso, se le atribuye emplear frases que “ofenden y denigran” a la alcaldesa de Lima.

Vidal no presentó su descargo dentro los tres días que establece la norma, razón por la cual el JEELN emitió su resolución el lunes 4 de febrero ordenando que “retire y suspenda inmediatamente la propaganda y se abstenga de incurrir en hechos similares”.

Anteriormente, el Jurado Electoral Especial Lima Centro exhortó a Marco Tulio Gutiérrez, vocero de la revocatoria, a no emplear frases ofensivas en su campaña.

Fuente: Agencia Andina