Desde el 1 de marzo del presente año, los ciudadanos extranjeros altamente calificados podrán tramitar de manera más fácil su residencia y la de sus familiares en el Perú, gracias a los alcances de la nueva Ley de Migraciones, destacó el Ministerio del Interior (Mininter).

Asimismo, podrán firmar un contrato de trabajo en los sectores público y privado, y aquellos foráneos que realicen labores de voluntariado ya no tendrán que salir del territorio nacional cada 90 días, sino que podrán programar su permanencia hasta por un año.

Estas son algunas modificaciones hechas por el Poder Ejecutivo a través del Decreto Legislativo N° 1350, con el objetivo de simplificar y ordenar la Ley de Migraciones, protegiendo los derechos fundamentales de los ciudadanos nacionales y extranjeros; y contribuyendo al fortalecimiento de la seguridad nacional.

La norma elimina una serie de trabas y vacíos que contenía la ley anterior (Decreto Legislativo N° 1236) para promover el desarrollo de la economía del país y favorecer la integración de los migrantes a la sociedad peruana.

Sin embargo, el extranjero que incurra en causal de expulsión abandonará el territorio nacional con un impedimento de reingreso hasta por un plazo de 15 años. Asimismo, los foráneos que dañen el patrimonio nacional deberán pagar la multa respectiva antes de su partida.

En ese sentido, la norma establece la implementación del Registro de Información Migratoria (RIM), que fortalecerá el intercambio electrónico de datos entre entidades del Estado para optimizar la seguridad interna.

principales cambios

Entre los principales cambios que plantea la nueva ley figura la existencia de dos tipos de calidades migratorias, considerando las actividades que desarrollará el extranjero en el país: la Temporal, para quienes lleguen sin ánimo de residencia y por estaciones cortas; y de Residencia, que le permite residir en el Perú y realizar actividades por periodos de un año, con posibilidad a renovar.

Se le permitirá al extranjero, además, desarrollar labores artísticas remuneradas o lucrativas vinculadas a espectáculos artísticos, culturales, deportivos u otros similares bajo un contrato autorizado por el Ministerio del Trabajo, nunca por cuenta propia.

Por otro lado, el Decreto Legislativo protege los derechos fundamentales de los extranjeros, en especial de los que se encuentran en situación de vulnerabilidad y otorga facultades a la Superintendencia Nacional de Migraciones para la adopción de criterios con el propósito de brindarles asistencia.

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Fuente: Agencia Andina

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