El Banco Interamericano de Desarrollo (BID) para financiar, parcialmente, el proyecto “Mejoramiento de los Niveles de Innovación Productiva a Nivel Nacional”, cuya ejecución está a cargo de Produce.

Este préstamo con el BID se ha acordado en el marco de las primeras acciones que lleva a cabo el Gobierno Peruano con el , lo cual se pretende lograr a través de un aumento de los niveles de innovación, mayor diversificación productiva, incremento de la intensidad tecnológica y la ganancia de eficiencia en la producción.

La ceremonia de la firma del citado contrato de préstamo contó con la participación de Luis Alberto Moreno, presidente del BID, Carola Alvarez, gerente del departamento andino del BID, y de Viviana Caro, Representante del BID en el Perú.

La firma del contrato de préstamo, por parte de la República del Perú, estuvo a cargo del ministro de Economía y Finanzas, Alfredo Thorne.

El ministro de Economía saludó el valioso apoyo que brinda el BID a las acciones que realiza el Gobierno del Presidente Pedro Pablo Kuczynski en apoyo de la promoción de la mejora de la productividad y competitividad empresarial.

Los beneficios de esta intervención del Gobierno Peruano están referidos a:

i) La mejora de las capacidades para innovar en industria y servicios a través de la mejora de productos y procesos, incentivos a la innovación empresarial y generación de emprendimientos dinámicos.

ii) La mejora del entorno para la innovación productiva, mediante el fortalecimiento de la institucionalidad de los actores públicos, del capital humano y de la cultura para la innovación.

El préstamo del BID será amortizado mediante una cuota a ser pagada el 15 de octubre del 2027 y devengará una tasa de interés basada en la Libor a tres meses, más un margen a ser determinado por el BID de acuerdo con su política sobre tasas de interés, una comisión de crédito que será establecida periódicamente de acuerdo con las políticas del BID, sin que exceda el 0.75% anual.

Durante el periodo de desembolso, no habrá comisión de inspección de vigilancia, salvo que el BID la restituya, en cuyo caso no podrá cobrarse, en un semestre determinado, más del 1% del monto de financiamiento. (Fuente: Andina)

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