La multa a pagar por cometer la infracción respecto a los excesos en límites de velocidad (máximos o mínimos) se tipifica ahora en un monto correspondiente al 18% de una Unidad Impositiva Tributaria (UIT), en S/. 693.

Cabe recordar que la norma anterior establecía que la multa era del 12% de una UIT. Hasta el año pasado, el monto a pagar alcanzaba los S/. 456.

TE PUEDE INTERESAR: MTC coordinará tramos de la Línea 3 del Metro y El Metropolitano

Esta falta, de código M.20 y calificada como muy grave, mantiene en 50 los puntos que se acumulan en el registro del conductor, según da cuenta el Decreto Supremo 025-2014-*MTC*.

Como se sabe, las principales causas de los accidentes de tránsito en las ciudades son el exceso de velocidad y la conducción de un vehículo en estado de ebriedad.

TAGS RELACIONADOS