Mediante una ordenanza, publicada en ‘El Peruano’, se prohibió el consumo de estas sustancias en las vías o áreas del espacio público en esa jurisdicción, como parques, jardines, entre otros.

En ese sentido, no solo se sancionará a quienes consuman estas sustancias, sino también a los dueños de las tiendas, bodegas o casas-habitación que promuevan el consumo de estos elementos.

La ordenanza también señala que se sancionará con S/. 365 (monto correspondiente al 10 por ciento de una UIT), a los que miccionen en la vía pública.

En dicha ordenanza también se establece que en 20 días el personal de la Gerencia de Comunicaciones y el Departamento de Participación de la comuna distrital difundirá esta ordenanza y las sanciones que recibirán las personas que la infrinjan.

Fuente: Agencia Andina