La abogada explicó que Marco Arenas, al no ser hijo de Castillo Gonzales, no habría cometido el delito de parricidio de acuerdo al artículo 107 del Código Penal, sino que habría cometido el de asesinato u homicidio calificado.

“Él pensaba que era su mamá, pero la ley es clara. Hay que demostrar que es su mamá o que no es su mamá. Para la ley no es solo el punto de vista subjetivo”, indicó la abogada del asesino de la empresaria panadera.

Carmona explicó, en diálogo con un América Noticias, que el artículo 107, establece que por el delito de parricidio, la pena es no menor de 25 y va hasta la cadena perpetua. Por el delito de homicidio calificado, en cambio la pena sería no entre 15 y 25 años.