“La cadena perpetua procede cuando la víctima fallece como consecuencia del secuestro o por robo con fines de lucro. Tendrá que demostrarse primero que se trató de un secuestro”, dijo el abogado penalista Luis Lamas Puccio.

Opinó que la información periodística que viene publicándose sobre el caso “es sesgada” y que hay que conocer cuáles son los resultados de las pericias.

“Es un poco prematuro (hablar de cadena perpetua). Yo entiendo al abogado de la agraviada, en representación de los intereses de la familia que patrocina. Cualquiera pediría la máxima pena, pero tenemos que esperar al resultado de las investigaciones”, aseveró.

Agregó que si, en efecto, la denuncia se formaliza por el delito de homicidio calificado, la pena, si se trata de un asesinato con ferocidad, por placer, crueldad y alevosía, es no menor a 15 años de cárcel y un máximo de 35 años.

Por: Gustavo Muñoz (@Gustavo_MP)