El Primer Juzgado Penal del Módulo Básico de San Juan de Lurigancho dictó 9 meses de prisión preventiva contra Jesús Daniel Goce Mori (22), presunto autor de la muerte del suboficial Jorge Luis Cherre Cruz en el distrito de .

El agente murió el 17 de febrero último cuando quiso intervenir una mototaxi en la que se desplazaban Goce Mori y un menor de 16 años de iniciales C.B.B.T, luego de haber robado la cartera y el celular a una mujer.

En su huída, los ocupantes del vehículo menor atropellaron al suboficial Cherres y le ocasionaron lesiones graves que provocaron su deceso.

En la audiencia del caso, la jueza Meri Tapia Moreno declaró fundado el requerimiento formulado por la representante del Ministerio Público, quien fundamentó la prisión preventiva por el presunto delito de violencia y resistencia la autoridad en forma agravada, seguida de muerte.

La magistrada dispuso el internamiento de Goce Mori en un establecimiento penitenciario y ordenó que las próximas diligencias continúen en el penal Castro Castro.

menor con comparecencia restringida

En tanto, en el caso del menor C.B.B.T., la jueza Mercedes Natividad Alarcón, a cargo del Segundo Juzgado Civil de El Agustino, le impuso comparecencia restringida, dictándose normas de conducta como firmar el libro de asistencia del juzgado una vez por semana.

El Poder Judicial aclaró que la situación jurídica del menor fue resuelta así al abrírsele proceso como instigador de la infracción a la ley penal tipificada como delito contra la vida, el cuerpo y la salud/homicidio calificado.

En diálogo con canal N, la magistrada dijo que en el informe que llegó a su despacho para que resuelva el caso no se incluyó el video que ahora se ha propalado por los medios y en el que se observa cómo fue la intervención del agente policial.

Manifestó que el ministro del Interior, Carlos Basombrío, fue mal informado cuando expresó su indignación por la liberación de los detenidos. “El que arrolló al policía está preso y al menor si bien aceptó que ha robado, no se le encontró nada en su registro personal”.

Fuente: Andina

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