Desde el 1 de febrero, el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) procederá a notificar la resolución de multa para los ciudadanos que no sufragaron y/o no integraron las mesas de votación en las Elecciones Regionales y Municipales del pasado 5 de octubre de 2014.

En primera instancia, el JNE enviará a la dirección que figura en el documento de identidad del omiso una carta conminándolo a pagar la multa electoral e indicándole que tendrá un plazo de 15 días hábiles, desde la notificación, para cancelarla en el Banco de la Nación.

Según se informó, en dicha entidad bancaria el omiso solo deberá brindar su número de DNI.

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De persistir la negativa a cancelar la deuda, el JNE notificará nuevamente al ciudadano advirtiéndole que si en un plazo de siete días hábiles no paga el monto, más los gastos procesales, esta institución recurrirá al cobro coactivo.

El elector omiso no podrá disponer del dinero de sus cuentas bancarias hasta que cancele su multa.

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De ser necesario, el banco dispondrá la transferencia del dinero –incluyendo los intereses y gastos procesales ocasionados– a las cuentas del JNE.

Una vez cancelada la multa, el JNE procederá a solicitar el levantamiento de la cuenta embargada en un plazo de 24 horas.