El Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual () sancionó a la con una multa de 51 UIT (201,450 mil soles) por un caso de discriminación.

La denuncia data del 2014. En marzo de ese año los esposos David Castillo Hidalgo y Clara Criollo Gálvez acudieron a la clínica San Pablo para adquirir un Plan Familiar de Salud, pero se les negó porque su hijo tiene autismo.

Esto, obviamente, indignó a los padres, quienes denunciaron por discriminación a la Clínica San Pablo teniendo como prueba que fueron ellos mismos, a través de una representante, quienes confirmaron que no podían coberturarlos por la condición de su hijo.

Sin embargo, el centro de salud privado, a modo de defensa, alegó que su manual no les permitía aceptar a personas que estén hospitalizadas o que no pueden valerse por sí solas, incapacitadas física o mentalmente o que declaren haber intentado suicidarse.

A pesar de ello, luego de dos años Indecopi falló a favor de la familia Castillo – Criollo porque según la ley de protección de personas con trastorno del espectro autista indica que no se puede discriminar a ninguna persona con esta condición, según informó La República.