La Municipalidad Metropolitana de Lima aprobó una nueva ordenanza que modifica el régimen sancionador contra los malos choferes y que dispone inhabilitar de por vida a quienes ocasionen accidentes de tránsito, conduzcan en estado de ebriedad o agredan físicamente a un inspector municipal.
Se trata del estatuto que modifica lo establecido en la Ordenanza 1599 y disposiciones de las ordenanzas 1681, 1682, 1684 y 1693.
Fiscalización de tránsito
-Inspectores impondrán papeletas de tránsito por medios electrónicos.
Cancelación de autorización
-Se cancelará definitivamente la autorización a las empresas que no cumplan con la suspensión o sanción.
Infracciones muy graves sin beneficios
No habrá beneficio de pronto pago de las infracciones:
-Por informalidad.
-Atentar contra la seguridad.
-Agredir a los inspectores.
-Prestar servicio de colectivo.
Inhabilitación definitiva a conductores
-Cuando ocasionen accidentes de tránsito.
-Presten servicio en estado de ebriedad.
-Agredan físicamente a la autoridad.
Suspensión a las empresas
Serán suspendidas por 90 días cuando los choferes brinden el servicio:
-Estando suspendidos o inhabilitados.
-Sin licencia de conducir.
-Con licencia de conducir de categoría distinta al vehículo que manejan.
-Con licencia de conducir suspendida, retenida o cancelada.
-Que hayan llegado al límite de los 100 puntos.
Medida preventiva: retención de licencia de conducir
En casos:
-De accidentes de tránsito.
-Competencia de velocidad o “correteos”.
-Agresión a la autoridad.
-Maltrato a pasajeros.
-Negarse a recoger a los pasajeros (estudiantes, personas con discapacidad, otros).
Otros cambios
Se suspenderá hasta por 30 días a las empresas que:
-No cumplan con la ruta autorizada.
-Utilicen la vía pública como zona de estacionamiento.
-No respeten los pases libres y/o diferenciados.
-Circulen por vías prohibidas, exclusivas o restringidas.