El caso La Parada quedó zanjado en el Poder Judicial tras el fallo de la Cuarta Sala Penal, que dejó sin efecto la resolución del juez Malzon Urbina para retirar la seguridad policial y los bloques de cemento en las inmediaciones del mercado, así como el habeas corpus a favor de una dirigente de los comerciantes.

Antonio Salazar, procurador del Municipio de Lima, señaló que en el ámbito judicial ya no puede volverse a admitir nuevos recursos de hábeas corpus por el mismo tema, “dado que se agotaron las instancias que pueden pronunciarse al respecto”.

Salazar recordó que antes que fuera admitida la demanda constitucional por el 56 Juzgado Penal que despachaba el magistrado Urbina, habían sido rechazados otros 18 intentos de los comerciantes para impedir el ordenamiento del comercio mayorista en la ciudad.

“En su resolución, la Cuarta Sala Penal estableció que no hay ningún fundamento para otorgar un hábeas corpus. Por lo tanto, no solo dejó sin efecto el retiro de los bloques de cemento y de la Policía, sino también la anulación dispuesta por el juez Urbina del conjunto de normas administrativas municipales que se emitieron para el reordenamiento del comercio mayorista”, anotó.

Sin embargo, reconoció que los comerciantes pueden presentar un recurso de “de agravio constitucional” ante el Tribunal Constitucional.

“Este recurso permite a la persona que se siente afectada, al no haber sido acogido su recurso de hábeas corpus en el Poder Judicial, acceder en una última instancia, en este caso ante el Tribunal Constitucional”, explicó.

Fuente: Andina