Según informó el diario ‘Perú.21’, el último 20 de marzo las partes fueron notificadas sobre la sentencia en primera instancia emitida por el Octavo Juzgado Transitorio en lo Contencioso Administrativo de la Corte Superior de Lima.

En esta sentencia se declara fundado, en parte, el reclamo presentado por Telefónica. Se informó que el Poder Judicial le dio la razón en los reparos referidos a cargas financieras (deducción de intereses por préstamos), provisión de cobranza dudosa y documentos que no sustentan gastos.

Como se recuerda, a fines de 2011, cuando la compañía ganó una medida cautelar que impedía que la SUNAT cobrara la deuda hasta que se emita un fallo, se explicó que la deducción por carga financiera y por provisiones de cobranza dudosa representaba el 70% de la obligación, es decir, 1,600 millones de soles.

La sentencia judicial no acogió dos reparos planteados por la empresa de capitales españoles: la enajenación de bienes por transferencia patrimonial a Telefónica Móviles y el costo del activo fijo deducido extracontablemente como gasto (overhead).

Por su parte, la SUNAT informó que ha sido notificada sobre la sentencia, en primera instancia, emitida por el Poder Judicial, que reconoce dos de los cinco reparos tributarios dentro del proceso seguido por Telefónica, y anunció que ya apeló.