El dispuso la reducción de la tasa de Impuesto General a las Ventas (IGV) de 18% a 15% a partir de julio de este año, siempre y cuando la recaudación anualizada hasta mayo del 2017 del IGV total neto de sus devoluciones internas alcance el 7.2% del PBI.

Para ello, vía Decreto Legislativo Nº 1347 publicado hoy en el Diario Oficial El Peruano, se modificó el artículo 17 del Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo.

Asimismo, se dispone que el presente decreto legislativo entrará en vigencia el 1 de julio de 2017 siempre que la recaudación anualizada, al 31 de mayo del 2017, del IGV total neto de sus devoluciones internas alcance el 7.2% del Producto Bruto Interno (PBI).

Para tal efecto, se toma en cuenta la información que publica mensualmente el Banco Central de Reserva del Perú (BCRP) y la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat).

El presente decreto legislativo está refrendado por el presidente de la República, ; el jefe del Gabinete Ministerial, Fernando Zavala, y el ministro de Economía y Finanzas, Alfredo Thorne. (Fuente: Andina)

Este video te puede interesar:

Madre de Dios: así fue último avistamiento de nativos no contactados

TAGS RELACIONADOS