Si eres de los empleados que siempre se queda varias horas después de su horario de salida, entonces deberías saber que esa acción está penada. El Código Penal lo denomina delito de “trabajo forzoso” y tu empleador podría terminar en prisión .

El decreto legislativo que incluía la figura legal fue publicado en enero y las penas para los empleadores podrán oscilar entre los seis y 12 años de cárcel.

“El sobretiempo laboral es, por naturaleza, voluntario. Como se sabe, se debe pagar un 25% más por las primeras dos horas trabajadas fuera de la jornada y 35% más por las siguientes. El problema aparece cuando las empresas obligan a sus trabajadores a quedarse más tiempo del debido sin reconocer este derecho”, dijo el abogado laboralista Brian Ávalos, asociado de Payet, Rey, Cauvi, Pérez Abogados a El Comercio.

ejemplo

El especialista indica que si el contrato de un empleado indica que su hora de salida es a las 18:00 horas pero siempre se va a las 21:00 horas y él logra probarlo, entonces es un caso de trabajo forzoso.

denuncia

Brian Ávalos sostiene que el trabajador puede solicitar una inspección de trabajo y pedir el pago del 100% adicional por cada hora laborada en sobretiempo o denunciar penalmente a su empleador.

esto dice el código penal sobre el trabajo forzoso

“El que somete u obliga a otra persona, a través de cualquier medio o contra su voluntad, a realizar un trabajo o prestar un servicio, sea retribuido o no, será reprimido con pena privativa no menor de seis ni mayor de doce años”.

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