Los empleados que laboran en el sector privado recibirán gratificaciones más un 22% adicional, de acuerdo a la ley de desgravación de las gratificaciones de julio y diciembre, vigente hasta el 2014.

Sobre el cálculo, la Cámara de Comercio de Lima (CCL) indicó que los trabajadores percibirán una bonificación extraordinaria de 9% sobre su gratificación por Navidad, dado que los empleadores dejarán de aportar a EsSalud.

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Además, percibirán el 13% adicional en la gratificación porque dejarán de aportar por concepto de pensiones, ya sea a la Oficina de Normalización Previsional (ONP) o a una Administradora de Fondos de Pensiones (AFP).

En el caso de trabajadores afiliados a una Empresa Prestadora de Salud (EPS), la bonificación extraordinaria no será 9%, sino 6.75% del monto de la gratificación. Este beneficio abarca a los trabajadores de la actividad privada con contrato indefinido, a plazo fijo y a tiempo parcial.

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Así, la gratificación de diciembre será equivalente al íntegro de la remuneración que el trabajador percibió al 30 de noviembre de 2014. En este cálculo no se considera remuneración computable para las gratificaciones las utilidades, gratificaciones extraordinarias, movilidad, asignación por educación, viáticos, y demás conceptos.

Según la publicación, lSegún la publicación, las únicas empresas que no están obligadas a pagar aguinaldo son las mypes (con menos de 10 trabajadores y cuyas ganancias no exceden las 150 UIT), pues en virtud de su reducido tamaño (y ganancias también) la ley las exime de este deber.

Las únicas empresas que no están obligadas a pagar aguinaldo son las mypes (con menos de 10 trabajadores y cuyas ganancias no exceden las 150 UIT), pues en virtud de su reducido tamaño (y ganancias también) la ley las exime de este deber.