En el caso de Movistar, en marzo de 2011 la Gerencia de Fiscalización y Supervisión del Osiptel detectó que la empresa brindó a sus usuarios información inexacta sobre el tiempo mínimo de permanencia, a la portabilidad con reclamo en trámite, a la duración del trámite de portabilidad y al periodo de interrupción del servicio.

Respecto a América Móviles (Claro), fue sancionada con 75 UIT luego que sedetectara, también en 2011, que la empresa no fue veraz con sus usuarios sobre el período de interrupción que se produce con ocasión a una solicitud de portabilidad.

Al respecto, se comprobó que dicho proceso duraba hasta nueve días, cuando como máximo solo puede hacerse durante tres horas, según el Reglamento de Portabilidad Numérica en los Servicios Públicos Móviles.

La portabilidad numérica permite conservar el número telefónico cuando el cliente cambia a otra compañía de telefonía, con el propósito de fomentar una competencia más equitativa entre los proveedores de servicios de telecomunicaciones.