El jueves 15 de mayo vence el plazo para el depósito de la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) correspondiente al semestre noviembre-abril, el cual deberá realizarse en la institución financiera elegida por el trabajador.

El abogado laboralista César Puntriano indicó a la agencia Andina que el trabajador tendrá derecho al depósito una vez cumplido el mes de servicio en la empresa. De haber laborado un período menor, estos días se acumulan para el depósito siguiente.

Al ser consultado sobre los trabajadores que tienen este derecho, respondió que este beneficio no alcanza a los trabajadores part time, aquellos que perciben el 30% o más del importe de las tarifas que paga el público por los servicios que brinda el empleador y los trabajadores de las mypes.

Respecto al procedimiento para determinar el beneficio a depositarse, detalló que resulta indispensable establecer al 30 de abril cuántos meses y días completos de servicios fueron acumulados por el trabajador en el semestre. Luego habrá que calcular la remuneración computable para la obtención de la CTS, dijo el director de PwC.

Fuente: Andina

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