Noventa años después de la aprobación legal del aborto terapéutico en el Perú, el Ministerio de Salud aprobó la guía técnica o protocolo para este procedimiento que tiene como objetivo disminuir los índices de mortalidad materna en el país.

Esta medida generó polémica y existe mucha desinformación al respecto. Es por eso que Peru.com conversó con el ginecoobstetra y especialista en bioética, Paul Ramos.

¿Qué alcances tendrá en la práctica este protocolo para el aborto terapéutico?

Todas las pacientes que tienen una condición de fondo y salen gestando, entiéndase enfermedades cardíacas, pulmonares, cáncer, renales, etc., tendrán que recibir cuidados especiales, todo eso ya se ha estado realizando hasta ahora sin ninguna novedad. También se hace referencia a que existiría un grupo de mujeres que han tenido que continuar con su embarazo ante la ausencia de un protocolo que no les ha dado la posibilidad de salvarles la vida. Todo eso no es cierto; todos los médicos han venido actuando, algunos no lo habrán hecho por desconocimiento porque ya el aborto terapéutico estaba despenalizado. Esta introducción es para decir que no habrá ningún efecto sobre las gestantes con enfermedades, lo que van a aparecer son pacientes que queriendo aprovechar la circunstancia de la norma van a cumplir con ciertos requisitos y van a tener acceso a un aborto despenalizado.

¿Cómo solicita una gestante un aborto terapéutico?

Primero surge un médico que le da una recomendación a la paciente, si está de acuerdo con esa recomendación hace una solicitud al jefe de Ginecología y Obstetricia del establecimiento donde se este atendiendo, este jefe convoca a una junta médica, esta analiza el caso y luego decide si es o no pertinente el aborto terapéutico. Si decide que sí, se realiza el procedimiento. Y si se decide que no, la gestante podría solicitar una nueva junta médica, pero ahora la solicita ante el director del establecimiento. Si esta nueva junta decide que no, la paciente tendrá que seguir con su embarazo.

¿A qué problemas podría estar sujeta la junta médica?

Está sujeto al error humano y lamentablemente estaría sujeto a la corrupción. Hay que reconocer que existen profesionales que sí están haciendo abortos de manera clandestina e ilegal y entonces con esto podrían tener una puerta abierta para pasar a la formalidad. Es decir esto sí es un problema que vulnera la Constitución, que dicho sea de paso no está considera como base de la parte legal de esta norma, lo cual es grave.

El punto 11 de la norma detalla “cualquier otra patología interna que ponga en riesgo la vida de la gestante”. ¿Cómo se podría interpretar esto?

Cuando te ponen esta clausula: “aquellas que la junta considere conveniente”, no vendría a resolver ningún problema, no hay ningún vacío. Para mí, esta es la clausula que abre las puertas a la despenalización del aborto por cualquier otra motivación, hasta llegar a la despenalización por voluntad.

¿Qué podría alegar una gestante para cumplir con el punto 11?

En España existe una norma similar y resulta que la mayor cantidad de mujeres que acceden a este tipo de abortos son aquellas que aducen un daño en su salud psíquica. Es decir, este es un embarazo no deseado, eso me altera profundamente y entonces buscan que un perito demuestre esa alteración y luego acceden a un aborto terapéutico.

¿Es acertado entonces el protocolo para el aborto terapéutico?

Que se necesita o que es conveniente que hayan cierto mecanismos para facilitar y proteger vidas, sí lo es. Una buena alternativa es que haya una Guía de Práctica Clínica para la prevención de muerte materna indirecta. Es decir, una guía en la cual todos los médicos consensuemos una forma de cómo salvar las dos vidas o por lo menos llevar al bebé a una edad gestacional suficiente que pueda sobrevivir fuera del vientre de su madre y luego proceder a hacer un tratamiento con la mujer.

¿Qué queda por hacer con este protocolo?

Yo creo que sí se necesita algo, pero no creo que sea esto (protocolo para el aborto terapéutico). Esta norma para mí solamente tienen como posibilidad derogarse porque ha sido un error del presidente y de la ministra. Yo le digo a ambos: ¿Cómo van a controlar esto? Basta con que exista un establecimiento que se corrompa o que cometa un error y va a haber la muerte de un peruano inocente y eso ya invalida esta norma.

Por: Oscar Guerrero (@oscwarrior)