Multarán a empresas de transporte cuyos choferes manejen más de 10 horas diarias

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- Con esto se busca que los conductores y cobradores tengan jornadas de manejo adecuadas. (Foto: Referencial)
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- Jueves 14 de junio del 2012 - 13:18 | 42 visitas
A partir de julio próximo, la DGTU de Lima multará con 3,650 nuevos soles a los responsables de las empresas de transporte público cuyos choferes manejen más de 10 horas diarias.
Lima. Miguel Figueroa, asesor de la DGTU, explicó que dicha ordenanza, que regula la prestación del servicio de transporte público de personas en Lima, establece que la jornada de manejo continuo no debe superar las cinco horas, hasta un máximo de dos jornadas diarias (10 horas).
Subrayó que el tiempo de descanso entre cada jornada deberá ser como mínimo de una hora y que es obligación de las empresas contar con el número suficiente de conductores y cobradores para prestar el servicio.
Al citar la referida norma, Miguel Figueroa mencionó que exceder la jornada máxima de conducción es una falta muy grave que implica, además, el internamiento del vehículo en el depósito municipal y, en caso de reincidencia, una multa de S/. 7,300.
De acuerdo con la Ordenanza 1599, prestar el servicio de transporte con conductores y cobradores que no cuenten con la capacitación correspondiente implica una multa de 3,650 soles y el internamiento del vehículo.
Fuente: Andina


